domingo, 24 de junio de 2007

El Software Libre en Trámite Parlamentario

El denominado Software Libre comienza a formar parte de los proyectos Legislativos de varios países, y Uruguay no es ajeno a dicha realidad. Esta forma de producción y licenciamiento de Software ya está dando sus primeros pasos de promoción a nivel estatal.

Introducción

El diario El Observador, en su edición del sábado 9 de Junio de 2007 presenta un artículo de dos páginas donde informa que el tema está siendo tratado en el parlamento. El cronista, Alejandro Nogueira, cumple con la tarea de presentar el tema a los lectores del mencionado medio (13).

El 27 de setiembre de 2006 ingresó a la Cámara de Representantes un proyecto de ley que está dedicado a la promoción del Software denominado “Libre” dentro de los organismos del estado o en los que el estado uruguayo tiene participación accionaria mayoritaria. La propuesta fue presentada por los diputados Pablo Álvarez López, José Luis Blasina, Diego Cánepa, Alba M. Cocco Soto, Edgardo Ortuño, Aníbal Pereyra, Daisy Tourné (actual Ministra del Interior) y Carlos Varela Nestier (1).

El presente informe, motivado a raíz del artículo de El Observador, investiga y pretende dar elementos que ayuden a entender el mundo del Software Libre y las controversias que hoy en día se están dando entre nuestros legisladores, frente a lo que hoy es una opción más de licenciamiento de software. Teniendo esto en cuenta, se comentan los orígenes y de allí se realiza un análisis la propuesta existente, llevando los conceptos técnicos-legislativos a un entendimiento simplificado.

Software Libre

Lo que se conoce como Software Libre puede entenderse como la liberación de los derechos de autor por parte de los propios autores a través de algún sistema de licenciamiento que permite la distribución, modificación o uso del software creado. Pueden o no existir algunas restricciones y cada autor define que tipo de licenciamiento otorga al código por él creado.

Habiendo realizado una definición de Software Libre, se puede entrar en el detalle y sus orígenes. Uno de los mayores promotores del concepto de Software Libre es Richard Stallman quien creara la Fundación del Software Libre (FSF, Free Software Fundation) en el año 1985 (2). Dicha fundación, una organización sin fines de lucro, maneja una definición más amplia en la cual explica el significado utilizado para la palabra “Libre”.

La definición de la FSF especifica que la palabra libre refiere a “Libertad” y no a “Gratuidad”, confusión muy habitual en el idioma inglés gracias a que maneja un único vocablo (free) para ambos conceptos (3). Por eso, define cuatro “libertades” que se deben asegurar para considerar libre a un determinado producto de software:
  • La libertad de usar el programa, con cualquier propósito (libertad 0).
  • La libertad de estudiar cómo funciona el programa, y adaptarlo a cualquier necesidad (libertad 1). El acceso al código fuente es una condición necesaria para esto.
  • La libertad de distribuir copias, con lo que se puede ayudar a otros (libertad 2).
  • La libertad de mejorar el programa y hacer públicas las mejoras a los demás usuarios, de modo que toda la comunidad se beneficie. (libertad 3). El acceso al código fuente es un requisito necesario para esto.

La FSF establece en su filosofía, que un Software Libre puede venderse y ser considerado comercializable, siempre y cuando se sigan respetando las cuatro libertades antedichas. Eventualmente, alguien podría comprar un producto considerado Software Libre, y luego distribuirlo gratuitamente. En sí, la forma principal de financiamiento de la FSF no es a través de donaciones, sino a través de la venta de CDs y Manuales con Software Libre (2).

Uno de los proyectos más importantes de la FSF es GNU, un Sistema Operativo similar y compatible con Unix pero que únicamente está creado con Software Libre. El nombre GNU es un acrónimo recursivo cuyo significado en inglés es GNU’s Not Unix (20). Pero GNU no fue un Sistema Operativo completo hasta no tener uno de los núcleos (kernel) del Sistema Operativo más conocidos hasta ahora, Linux, creación del finlandés Linus Torvalds en 1991 (4).

La FSF eligió en 1992 a Linux como el núcleo del Sistema Operativo GNU cuando fue lanzado como Software Libre, creando lo que hoy se conoce como GNU/Linux y que comúnmente se le llama Linux. El origen de Linux se remonta a un proyecto universitario de Torvalds, quien se inspirara en el Sistema Operativo Minix de Andrew S. Tanenbaum (5) y lo mejorara para ser un núcleo completo (4).

Junto al concepto de Software Libre debe manejarse el concepto de formato de archivos libre. Un formato de archivos libre es aquel que está basado en estándares establecidos por alguna organización de estandarización como la Organización Internacional para la Estandarización (6) o el Consorcio para la World Wide Web (7), o cuya especificación y copyright están liberados de la misma forma que la FSF plantea para el Software Libre.

A modo de ejemplo, una consulta en el sitio web oficial de la FSF solo muestra al formato OGG, de audio, como formato libre. Otros formatos, como MP3 son formatos propietarios (8). El sitio web OpenFormats (9), presenta listas más amplias de formatos abiertos y alternativas a los formatos propietarios.

Pero la historia de los últimos años ha demostrado que el Software Libre y el propietario, así como sus formatos de archivo, conviven en la industria sin grandes problemas. Muchas empresas que han sido fundamentales en el desarrollo de las tecnologías de la información, como IBM (10) y Microsoft (11) han comenzado a combinar sus métodos de negocios con iniciativas relacionadas al Software Libre a través del Código Abierto o el Código Compartido (12).

Antecedentes en Uruguay

En el Parlamento, el asunto ha sido tratado en al menos tres oportunidades. El 18 de noviembre de 2003 se inicia el primer trámite parlamentario de una ley de promoción del Software Libre. Este proyecto pasa a archivo el 22 de febrero de 2005 (14).

El 27 de setiembre de 2006, se presenta nuevamente un proyecto de ley que a la fecha aun continúa en trámite parlamentario (1). Este proyecto, similar al de 2003, contiene algunos nuevos elementos.

En 2007, el Poder Ejecutivo envía al Parlamento el proyecto de ley de Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal correspondiente al Ejercicio 2006, donde en el artículo N° 241, le asigna la suma de $ 1.400.000 al CODICEN de la ANEP para el proyecto Software Libre (15).

Pero el Software Libre en Uruguay no está solo en un proyecto parlamentario, sino que se usa y produce. El principal promotor de su uso es el Grupo de Usuarios Linux del Uruguay – UYLUG (16).

Antecedentes en el Mundo

En 2002, el Profesor en Derecho Eben Moglen de la Universidad de Columbia (17) escribió un artículo donde analizaba la importancia del tema del Software Libre a nivel gubernamental y citaba información brindada por el New York Times sobre 66 gobiernos que tenían estudios o propuestas promocionando el Software Libre.

El mismo diario citado por Moglen, en su edición del 29 de marzo de 2005 (18) bajo el título “Brasil: El mayor y mejor amigo del Software Libre” informa sobre los planes del gobierno brasileño para promover el uso del Software Libre a través del programa “PC Conectado” con el cual pretendía vender hasta 6 millones de computadores provistos de programas con licenciamiento libre a personas de bajos recursos, así como la promoción de éste en la esfera gubernamental y académica.

Enfoque del proyecto de ley de 2006

El actual proyecto de ley (1) a estudio en la Cámara de Representantes, contiene 4 artículos que solicitan que en la administración pública y en los institutos de enseñanza públicos se utilicen y difundan los productos que tienen la particularidad de considerarse Software Libre. En ningún caso define el concepto de este tipo de software, por lo cual se toma como definición para este informe la ya citada definición de la FSF.

En su artículo 1°, promociona el uso de formatos de distribución de información que sean abiertos y estándares. Para entender posibles implicancias, es significativo referirse al libro de Stallman (19), donde el autor discute el problema de las patentes en el capítulo 16. Allí indica que el Software Libre no puede utilizar formatos propietarios de archivos. Sin embargo, asiente que se encontró con el problema de que los formatos propietarios están ampliamente difundidos y que es difícil no caer en una forma de juego del huevo y la gallina. Si la mayoría de las personas no pueden usar un formato libre, distribuir en dicho formato atenta contra la libertad que promueve.

El artículo 2° solicita que se dé preferencia a la contratación de licencias de software que sean de Software Libre frente a la de software propietario. Por lo cual, el software licenciado debería cumplir con la definición de Software Libre propuesta por la FSF. El hecho del trato diferencial y preferente hacia el Software Libre indicaría que siempre que una misma solución pueda ser realizada tanto con Software Libre como con software propietario, el enfoque libre será el elegido. Para realizar la contratación de software con una licencia diferente a la libre, el organismo deberá fundamentar la decisión.

El artículo 3° indica que las instituciones educativas del estado deben agregar a su currícula la formación en Software Libre, manteniendo la actual formación que realiza en software con otro tipo de licenciamiento.

El artículo 4°, al igual que otras leyes, establece un tiempo de 6 meses para que el Poder Ejecutivo reglamente las condiciones, tiempos y formas en que se realizará la transición al sistema propuesto por el Proyecto de Ley.

Comparación de los dos proyectos de ley

Existen diferencias entre los proyectos de ley presentados en 2003 (14) y en 2006 (1). La primera de ellas está al final del artículo 1° donde la versión de 2006 incluye el texto:

“Se dará preferencia en ambos casos a los formatos abiertos y estándar”

En este pasaje se indica que el proyecto de ley, solicita que se traten de forma diferenciada el uso de formatos abiertos frente al de formatos cerrados. En este caso, se establece un sistema preferencial, que favorece a los formatos libres y abiertos. Según el enfoque de la ley y el análisis de Stallman que se presentara en la sección anterior de este informe, esto podría llegar al punto en que la información se estuviera distribuyendo preferentemente, en un formato que el público no pudiese leer hasta no tener un programa propietario o libre que permita acceder a dicho formato.

Lo anterior, es una coincidencia indeseable a los dichos de la filosofía propuesta por la FSF. Atentaría contra las libertades del individuo que no quisiera o no pudiera acceder a un archivo en un formato para el cual aun no está preparado. Es una posibilidad que difícilmente llegue a darse, aunque de todas formas, queda latente.

El artículo 2° es nuevo al proyecto de ley con respecto a la versión de 2003. De esta forma, el proyecto comienza a promover de forma directa el uso de Software Libre en la administración pública.

El artículo 3°, entre la versión 2003 y la 2006, perdió el trato diferencial que se hacía para con el Software Libre. De esta forma, en la versión 2006 los institutos de enseñanza del estado deberán enseñar tanto Software Libre como el que actualmente enseñan, en igualdad de condiciones.

El artículo 4° permaneció incambiado entre ambas versiones del proyecto de ley.

Conclusión

Una vez conocidas las bases para entender los conceptos relacionados al Software Libre, se comienza a entender por qué hacer un análisis de opinión sobre el contenido del Proyecto de Ley está fuera de este informe, ya que como comenta Nogueira en su artículo en el diario El Observador (13), “En el sustrato de esta fundamentación, y también del debate mundial sobre el tema, se entremezclan aspectos económicos y comerciales con consideraciones de perfil ético e ideológico”. Quien desee entrar más a fondo en la argumentación del proyecto de ley puede consultar las secciones de Exposición de Motivos en la bibliografía correspondiente, o leer el Diario de Sesiones con la exposición de la Señora Daisy Tourné del 6 de julio de 2004 en la Cámara de Representantes, también disponible en la bibliografía (21).

Pero si algo es claro, y queda demostrado en la extensa bibliografía que se puede consultar a través de Internet, es que el tema es muy amplio y contiene muchas aristas que deben ser tratadas con cuidado. Tanto la FSF y la comunidad del Software Libre tientan a parlamentarios alrededor del mundo con sus ideales de libertad y bajo costo, mientras que las compañías de software propietario hacen lo suyo con sus cálculos de costos de soporte y el respaldo que representaría toda una compañía organizada detrás de un producto.

El tema llegó para quedarse y poco a poco se mete dentro de nuestra sociedad. Estar informados, depende de cada uno de nosotros.

Bibliografía

[1] Poder Legislativo, Cámara de Representantes. 2006. Repartido Nº 779 - Programas de computación de formato abierto y estándar [online] [citado 10 junio 2007]. Disponible en Internet: http://www.parlamento.gub.uy/indexdb/Repartidos/ListarRepartido.asp?Id=3684

[2] Free Software Foundation. 2007. The GNU Project [online] [citado 10 junio 2007]. Disponible en Internet: http://www.gnu.org/gnu/thegnuproject.html

[3] Free Software Foundation. 2007. The Free Software Definition [online] [citado 10 junio 2007]. Disponible en Internet: http://www.gnu.org/philosophy/free-sw.html

[4] Hispalinux. 2005. ¿Qué es GNU/Linux? [online] [citado 10 junio 2007]. Disponible en Internet: http://www.hispalinux.es/GNULinux

[5] Tanenbaum, Andrew. 1987. Operating Systems: Design and Implementation. Prentice Hall.

[6] International Organization for Standardization (ISO). 2007. [online] [citado 10 junio 2007]. Disponible en Internet: http://www.iso.org/iso/en/aboutiso/isoinbrief/isoinbrief.html

[7] World Wide Web Consortium (W3C). 2007. W3C Develops Web Standards and Guidelines. [online] [citado 10 junio 2007]. Disponible en Internet: http://www.w3.org/Consortium/

[8] Free Software Foundation. 2007. File Formats [online] [citado 10 junio 2007]. Disponible en Internet: http://www.fsf.org/resources/formats/

[9] OpenFormats. 2007. Why use open formats? [online] [citado 10 junio 2007]. Disponible en Internet: http://www.openformats.org

[10] Free Software Foundation. 2007. Why “Free Software” is better than “Open Source” [online] [citado 10 junio 2007]. Disponible en Internet: http://www.gnu.org/philosophy/free-software-for-freedom.html

[11] Microsoft. 2007. CodPlex. [online] [citado 10 junio 2007]. Disponible en Internet: http://www.codeplex.com/

[12] Microsoft. 2007. SharedSource Licences. [online] [citado 10 junio 2007]. Disponible en Internet: http://www.microsoft.com/resources/sharedsource/licensingbasics/sharedsourcelicenses.mspx

[13] Nogueira, Alejandro. Software Libre en el Estado Uruguayo. En: El Observador (Año XVI, N° 5207), pp. 16-17, 9 jun. 2007.

[14] Poder Legislativo, Cámara de Representantes. 2003. Repartido Nº 1510 - Programas de computación de formato abierto y estándar [online] [citado 10 junio 2007]. Disponible en Internet: http://www.parlamento.gub.uy/indexdb/Repartidos/ListarRepartido.asp?Id=2272

[15] Poder Legislativo, Cámara de Representantes. 2007. Repartido Nº 964 - Rendición de cuentas y balance de ejecución presupuestal ejercicio 2006 [online] [citado 10 junio 2007]. Disponible en Internet: http://www.parlamento.gub.uy/repartidos/AccesoRepartidos.asp?Url=/repartidos/camara/d2007020070-00.htm

[16] Uruguay Linux Users Group. 2007. [online] [citado 10 junio 2007] Disponible en Internet: http://www.linux.net.uy

[17] Moglen, Eben. 2002. Free Software Matters: Free Government. [online] [citado 10 junio 2007]. Disponible en Internet: http://emoglen.law.columbia.edu/publications/lu-23.html

[18] Benson, Todd. Brazil: Free Software’s Biggest and Best Friend. En: The New York Times, 29 mar. 2005. Disponible en Internet: http://www.nytimes.com/2005/03/29/technology/29computer.html?ex=1269752400&en=9e12f51a80800820&ei=5088&partner=rssnyt

[19] Stallman, Richard. 2002. Free Software, Free Society: Selected Essays of Richard M. Stallman. Boston: GNU Press

[20] Free Software Foundation. 2007. Overview of the GNU System [online] [citado 10 junio 2007]. Disponible en Internet: Poder Legislativo, Cámara de Representantes. 2004. Diario de Sesiones, quinto período ordinario de la XLV legislatura, 32ª Sesión, N° 3213 - 6 de julio de 2004 [online] [citado 10 junio 2007]. Disponible en Internet: http://www.parlamento.gub.uy/sesiones/AccesoSesiones.asp?Url=/sesiones/diarios/camara/html/20040706d0032.htm#numeral10